La Organización Marítima Internacional (OMI) lleva más de una década impulsando acciones para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del transporte marítimo. Así, en julio de 2011 se adoptó el primer conjunto de medidas internacionales obligatorias para mejorar la eficiencia energética de buques, como parte del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL).

El pasado 1 de noviembre entraron en vigor las enmiendas al Anexo VI de dicho Convenio. El objetivo es reducir la intensidad de carbono de todos los buques en un 40% de aquí a 2030 comparado con los niveles de base de 2008, según ha informado la Organización Marítima Internacional (OMI).

En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2023, todos los buques deberán calcular dos calificaciones:

  • Su índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI) para medir su eficiencia energética.
  • Y su indicador de intensidad de carbono (CII) operacional anual y su calificación asociada. La intensidad del carbono relaciona las emisiones de GEI con la cantidad de carga transportada y la distancia recorrida.

El informe anual se completará en 2023, y las calificaciones iniciales se darán en 2024.

1. Índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI)

Según explica la OMI, el EEXI alcanzado por un buque indica su eficiencia energética en comparación con una línea de base. Los buques que alcancen el EEXI se compararán entonces con un índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes exigido, basado en un factor de reducción aplicable expresado como porcentaje en relación con el índice de eficiencia energética de proyecto obtenido (EEDI) de referencia.

Debe calcularse para los buques de arqueo bruto igual o superior a 400, de acuerdo con los diferentes valores establecidos para los tipos de buques y las categorías de tamaño.

El valor EEXI calculado para cada buque debe ser inferior al EEXI requerido, para garantizar que el buque cumple una norma mínima de eficiencia energética.

2. Indicador de intensidad de carbono (CII)

El indicador de intensidad de carbono determina la reducción anual necesaria para garantizar la mejora continua de la intensidad de carbono operacional de un buque dentro de un nivel de clasificación concreto.

El indicador de intensidad de carbono operacional anual real alcanzada debe documentarse y verificarse respecto al indicador de intensidad de carbono operacional anual prescrito. Esto permite determinar la clasificación de la intensidad de carbono operacional.

En función del indicador de intensidad de carbono de un buque, su intensidad de carbono se calificará como A, B, C, D o E (siendo A la mejor). Un buque calificado con D o E durante tres años consecutivos, tendrá que presentar un plan de medidas correctivas para mostrar cómo se alcanzará el índice requerido de C o superior.

En este sentido, la OMI recuerda una serie de medidas que pueden mejorar la eficiencia energética de buques. Algunas de estas medidas son la limpieza del casco para reducir la fricción; velocidad y optimización de rutas; instalación de bombillas de bajo consumo; e instalación de energía auxiliar solar/eólica para los servicios de alojamiento.

Fuente: Organización Marítima Internacional (OMI).